Nº 19Otoño 2023
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Análisis

Documentación histórica relativa a las inundaciones del País Vasco de agosto de 1983

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Belén Soriano Clavero
Subdirectora Técnica y de Reaseguro
Consorcio de Compensación de Seguros

 
Imagen decorativa

 

Este año se han cumplido 40 años del peor evento en la historia del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) en la cobertura de los riesgos extraordinarios, las inundaciones en el País Vasco en agosto de 1983. Por ello, en este artículo se va a tratar de recopilar y ordenar la información disponible en los archivos y documentos del CCS de aquella época en lo que se refiere a resultados económicos de este evento para dejar constancia de este episodio y que esta información quede disponible. 

Todos los importes se expresan en euros, nominales o actualizados, según se indica. Todos los datos y las tablas y gráficos elaborados con ellos son propios del CCS.

 

Información contenida en las notas técnicas

En el Informe Actuarial para la aprobación de la tarifa de riesgos extraordinarios, aprobada por Resolución de 28 de noviembre de 1986 de la Dirección General de Seguros, se recoge la siguiente siniestralidad para el total del año 1983:

 

Según Informe Actuarial Tarifa RREE 1987

1983 Nº Exp INDEMNIZACIONES Coste medio actualizado 2022 en euros
Nominales en euros Actualizadas 2022 en euros
Inundación por desbordamiento 13.555 162.038.541 612.639.782 72 % 45.197
Embate mar 6 31.346 118.515 0 % 19.753
Huracán 237 304.368 1.150.763 0 % 4.856
Lluvia 16.959 58.917.924 222.758.512 26 % 13.135
Nieve 5 136.531 516.200 0 % 103.240
Pedrisco 247 453.407 1.714.254 0 % 6.940
Corrimiento tierra 4 16.472 62.279 0 % 15.570
Terrorismo 1.041 2.592.656 9.802.384 1 % 94.16
Total año 1983 32.054 224.491.246 848.762.688 100 % 26.479

Tabla 1.

 

Los datos que aparecen en este informe actuarial (marcados en la Tabla 1 con fondo rojo) son el número de expedientes y las indemnizaciones nominales, que expresamos en euros, distribuidos por causa, para todo el año 1983.

Una importante aportación de estos datos es la distribución de la siniestralidad según las causas que el CCS cubrió hasta el 31-12-1986, que incluían lluvia, viento y pedrisco, ya que, estadísticamente, esa información pasó a tratarse a partir de entonces de manera global, junto con el huracán, bajo el epígrafe de tempestad ciclónica atípica. 

El resto de los datos se calculan a partir de los anteriores y son las indemnizaciones expresadas en euros actualizados a 31-12-2022, la distribución porcentual de las indemnizaciones por causa y el coste medio actualizado en euros. 

Cabe destacar que en el año 1983, las causas más relevantes fueron la inundación por desbordamiento y la lluvia, con el 72 % y 26 %, respectivamente, de las indemnizaciones totales.

Gráfico 1. Año 1983: causas más relevantes

Gráfico 1.

 

También cabe destacar lo elevado que es el coste medio en ese año, muy superior a la media de la serie analizada (según la Estadística de Riesgos Extraordinarios disponible en la web del CCS), tal y como se muestra en el gráfico 2 siguiente (con importes actualizados a 31-12-2022):

 
Gráfico 2. Costes medios

Gráfico 2.

 

En el informe actuarial mencionado no hay una referencia expresa al evento del País Vasco de 1983, sino que se trata ese año en su conjunto; en dicho año hubo otro evento de especial relevancia que fueron las inundaciones en Cataluña y Comunidad Valenciana del mes de noviembre, cuyo coste rondó el 6,5 % del evento de agosto pero, no por ello, deja de ser un evento reseñable.
 
Sin embargo, lo que queda claro es que el evento de agosto en el País Vasco es el que marcó la siniestralidad del año, ya que éste representa el 88 % del total.

Un año y medio después, en el Informe Actuarial para la aprobación de la tarifa de riesgos extraordinarios, aprobada por Resolución de 20 de mayo de 1988 de la Dirección General de Seguros, se vuelve a recoger la siguiente siniestralidad para el total del año 1983:

 

Según Informe Actuarial Tarifa RREE 1988

1983 Nº Exp INDEMNIZACIONES Coste medio actualizado 2022 en euros
Nominales en euros Actualizadas 2022 en euros
Inundación por desbordamiento 15.173 181.382.916 658.777.527 72 % 45.197
Embate mar 7 35.088 132.633 0 % 19.753
Huracán 265 340.704 1.288.142 0 % 4.856
Lluvia 18.984 65.951.624 249.251.717 26 % 13.135
Nieve 6 152.830 577.824 0 % 103.240
Pedrisco 276 507.535 1.918.904 0 % 6.940
Corrimiento tierra 4 18.439 69.714 0 % 15.570
Terrorismo 1.165 2.902.170 10.972.605 1 % 9.416
Total año 1983 35.881 251.291.307 950.89.098 100 % 26.479

Tabla 2.

 

En esta ocasión, solo se incluyen las indemnizaciones nominales totales (fondo rojo) que han pasado de 224 millones de euros a 251 millones de euros, esto pone de manifiesto una siniestralidad un 12 % superior a la recogida con anterioridad.

Bajo las hipótesis siguientes: (i) que se mantienen los porcentajes de siniestralidad (indemnizaciones) por causa, que en este informe actuarial no se recogen, y (ii) que se mantiene el coste medio por causa, se cumplimenta el resto de la información.

Todo hace pensar que los acontecimientos de 1983, posteriores a una significativa siniestralidad en 1982, entre otras, por una inundación muy relevante en octubre en la Comunidad Valenciana (con un coste del 26,9 % del evento del País Vasco de 1983), propiciaron: (i) una nueva delimitación de los riesgos cubiertos, según el Real Decreto 2022/1986, que aprueba el Reglamento de riesgos extraordinarios, así como (ii) un análisis del posible reaseguro de esta actividad; es decir, ante esta situación tan adversa, el CCS profundizó en el estudio de la prevención de los riesgos y de medidas encaminadas a la reducción de los mismos.

En el gráfico 3 se muestra la siniestralidad (con importes actualizados a 31-12-2022) en la serie de los últimos 50 años, donde se pone de relevancia, en términos relativos, la importancia de la siniestralidad de los años 1982 y, sobre todo, 1983, frente a siniestralidades más actuales como la tempestad Klaus en 2009, el terremoto de Lorca de 2011 y las inundaciones de sureste peninsular en 2019, y esto ocurre pese al incremento en el nivel de aseguramiento en España durante la serie analizada.

 
Gráfico 3. Indemnizaciones

Gráfico 3.

 

En el gráfico 4 se muestra cómo los capitales asegurados han pasado de 1,6 billones de euros en 1990 (no se dispone de información previa a este año) a 6,5 billones de euros en 2022, con importes actualizados:

 
Gráfico 4. Total de capitales asegurados

Gráfico 4.

 

 

Información contenida en los estudios del reaseguro

En este contexto, en los años previos a 1990 se llevó a cabo un estudio de un posible reaseguro de riesgos extraordinarios, en el que el CCS sería la entidad cedente de los riesgos y los reaseguradores entidades del mercado nacional e internacional; finalmente este reaseguro no se contrató por lo que se detalla más adelante.

El informe del CCS, donde define su objetivo de reaseguro, indica lo siguiente:

La alternativa valorada por el CCS en ese momento, como susceptible de transferir al reaseguro, era un evento de tipo catastrófico, es decir, un reaseguro no proporcional de exceso de pérdida, sin incluir los daños por lluvia que el CCS había dejado de cubrir en 1987.

Ese evento podría quedar definido como aquel en el que la siniestralidad quedara comprendida entre 210 millones y 360 millones de euros del año 1990, es decir, cobertura en reaseguro de 150 millones en exceso de 210 millones de euros.

Esto había ocurrido en el pasado en una sola ocasión, en el evento de agosto de 1983 en el País Vasco. Para este evento, se indicaba un periodo de retorno, fijado con un criterio de máxima prudencia, de 50 años, aunque en estudios posteriores este retorno se incrementó considerablemente.

También se valoraron otras alternativas como la definición de evento de tipo catastrófico como aquel en el que la siniestralidad quedara comprendida entre 120 millones y 210 millones de euros del año 1990, es decir, cobertura en reaseguro de 90 millones en exceso de 120 millones de euros.

gráfico 5.

Gráfico 5.

Gráfico 6.

E, igualmente, se analizó la posibilidad de transferir cúmulos de varios eventos significativos ocurridos en el mismo año sin la necesidad de que individualmente alguno de ellos alcanzara los umbrales establecidos, pero sí en su conjunto, es decir, reaseguro no proporcional de limitación de la siniestralidad por ejercicio (stop loss). 

 

El bróker de reaseguro con el que el CCS estuvo trabajando emitió un informe, fechado el 23-01-1990, en el que, con el consenso del mercado internacional del reaseguro en cuanto a las expectativas de la capacidad mundial del mercado, se recogía que el objetivo del reaseguro sería, básicamente, cubrir los acontecimientos de 1983 en Bilbao, con un coste de 203 millones de euros de 1983 (solo para inundación), puesto que desde enero de 1987 ya no se cubrían los daños por lluvia. 

Por primera vez se encuentra, en los informes propios del área técnica, una valoración del evento de agosto de 1983 en el País Vasco, aunque sea solo para inundación; si bien, con el transcurso de los años, se fue concretando este importe hasta cerrar el evento en la cuantía que se recoge en el apartado «Información contenida en la Estadística de Riesgos Extraordinarios», que ya incluye inundación y lluvia.

Para poder entender las opciones de reaseguro que se tuvieron en cuenta en 1990, se debe recordar que fueron años con elevada inflación, tal y como se muestra en la Tabla 3:

 

En millones de euros

Año IPC (%) Valoración del evento en agosto de 1983 en el País Vasco - solo inundación-
1983 12,2 203
1984 9,0 221
1985 8,2 239
1986 8,3 259
1987 4,6 271
1988 5,8 287
1989 6,9 307
1990 6,5 327

Tabla 3.

 

Otro elemento a tener en cuenta es la extensión geográfica a considerar, ya que el evento afectó también a Navarra y a Cantabria, principalmente a esta última. 

El bróker proponía una cobertura de reaseguro de exceso de pérdida a partir de un deducible de 120 millones de euros por evento, se indicaba que un deducible inferior a 120 millones de euros de 1990 conllevaría una prima inasumible por el CCS.

La cobertura a partir de 120 millones de euros se ofrecía en 4 tramos, cada uno con su tasa de prima, hasta alcanzar 240 millones de euros en exceso del deducible, que incluiría los acontecimientos de Bilbao de 1983 con un margen adicional.

Gráfico 7.

 

El bróker incluye en el informe, como elemento relevante, la necesaria limitación temporal de un evento, proponiendo un máximo de 168 horas (7 días) y, consiguientemente, la posibilidad de reponer cobertura si se sobrepasaba la limitación temporal en un solo evento.

Otros brókeres y entidades reaseguradoras aportaron también propuestas en términos similares, que fueron actualizadas en los años siguientes, sin que se llegara a contratar el reaseguro en ningún momento por el motivo que se detalla más adelante.

El planteamiento del reaseguro debe entenderse dentro de la situación de la entonces denominada  «Provisión para desviación de la siniestralidad» en riesgos a las cosas, riesgos personales y responsabilidad civil del conductor que, a 31-12-1990, tenía un saldo de 82 millones de euros.

 

Información contenida en los estudios sobre la cobertura de los riesgos extraordinarios

El primero de los estudios es del año 1989; existen estudios posteriores pero no aportan información adicional sobre el evento que nos ocupa.

Bajo el título «Estudio sobre la cobertura de riesgos extraordinarios-1989» se recoge información que a estos efectos es muy relevante, como:

  • Se identifican las siniestralidades más significativas atendidas por el CCS en los años (1957-1987), donde bajo el epígrafe «Norte – Inundación y Lluvia – 1983» se imputa a este evento unas indemnizaciones de 268 millones de euros de 1983:
Localidad Causa Año Importe indemnizado (En mill. de euros)
Valencia Inundación 1957 2
SevillaInundación Inundación 1961 1
Barcelona Lluvia 1962 4
Girona Inundación 1970 1
Barcelona Inundación 1971 11
Barcelona Lluvias 1971 2
Barcelona Pedrisco 1974 2
Bizkaia Inundación 1975 4
Bizkaia Lluvia/Inundación 1975 4
Galicia / Asturias Viento/Lluvia 1978 2
Valencia Nieve 1980 7
Barcelona Pedrisco/Lluvia 1980 2
Araba-Álava/Gipuzkoa Lluvia 1980 1
Bizkaia Lluvia 1980 1
Araba-Álava/Gipuzkoa Inundación/Lluvia 1981 1
Madrid Terrorismo 1982 4
Levante/Aragón/Cataluña Inundación/Lluvia 1982 84
Norte Inundación/Lluvia 1983 268
Valencia/Cataluña y Andalucí Inundación/Lluvia 1983 12
Valladolid Pedrisco 1984 2
Valencia/Cataluña/Galicia y Murcia Inundación 1987 105

Tabla 4.

Esta tabla nos muestra la magnitud del evento en relación a otros ocurridos en los años previos e inmediatamente posteriores.
 
  • Se analizan los dos modelos de siniestralidad: (i) el de la zona de Levante y Cataluña, donde la siniestralidad extraordinaria se caracteriza por tener mayor frecuencia, es decir, con periodos de recurrencia o retorno más cortos, y con consecuencias económicas que el informe calificaba de controladas y previsibles; (ii) frente a esto se describe el modelo de la zona norte (Vizcaya y Guipúzcoa) que se califica de catastrófico.
     
  • Se analizan las características del evento estudiado frente a observaciones meteorológicas previas, como por ejemplo:
     
    • Que las lluvias de agosto de 1983 no tenían precedente en la zona, ya que los valores máximos de precipitaciones mensuales registradas quedaban por debajo de las precipitaciones en los días 24 a 26-08-1983, que fueron las peores lluvias en los 120 años a los que se extendía el registro:
 
Observatorio Lluvias mensuales máximas registradas mm
Bilbao octubre 1885
349
diciembre 1906
355
marzo 1869
360
febrero 1931
417
diciembre 1874
495
24-26 agosto 1983
480

Tabla 5.

  •  
    • Que, con los datos registrados en 20 años, la precipitación máxima diaria también quedó por debajo de la precipitación del día 26-08-1983: 
       
 
Observatorio Lluvia diaria máxima registrada mm/día
Bilbao
145
26-agosto-83
398

Tabla 6.

  • Junto a los factores meteorológicos, el estudio analiza elementos hidrológicos, geológicos y relacionados con las obras humanas.
     
  • Se indica: «según la opinión de los expertos, el periodo de retorno sería, al menos, de mil años», y las consecuencias económicas, de repetirse el evento, serían  imposibles de cuantificar a priori porque dependen de las condiciones y el nivel de aseguramiento de los bienes afectados, de las obras de mejora en los puntos conflictivos de las cuencas de los ríos y de la eliminación de la cobertura de la lluvia, entre otras, y, lo que ahora podemos señalar, también depende de la incorporación de la cobertura de pérdidas pecuniarias en el sistema de cobertura de riesgos extraordinarios del CCS.
     
  • Se concluía que, aun con periodos de retorno significativamente inferiores, el CCS podría estar en disposición de asumir un evento equivalente en un corto espacio de tiempo, siempre y cuando se cumplieran las hipótesis de proyección establecidas en cualquiera de las 16 simulaciones realizadas a 30 años.

    Las hipótesis de proyección que se establecieron estaban referidas a:
     
    • Determinado comportamiento siniestral, se recogen 4 modelos diferentes, todos conservadores. 
    • Crecimiento de los capitales asegurados y, por tanto, de los recargos (puesto que no se valoró una modificación de las tasas de prima) según dos opciones, crecimiento constante anual acumulativo del 3 % o del 4 %.
    • Rentabilidad neta de la reserva del 3 % anual.
    • Reserva de partida: dos opciones (i) -150 millones de euros según datos a 31-12-1988 o (ii) cero euros.
 
  • En el peor de los 16 escenarios el CCS se encontraba en disposición de poder asumir un evento catastrófico como el del País Vasco de 1983 en un periodo de 20 años; mientras que en el mejor de los escenarios ese periodo de tiempo se veía reducido a 10 años. Se entiende que este fue uno de los motivos clave por los que se decidió no contratar el reaseguro.
 

Información contenida en la estadística de riesgos extraordinarios

Los datos finales del evento del País Vasco en agosto de 1983, una vez que fueron tramitados y abonados todos los expedientes de siniestro, se muestran en las tablas de este apartado.

Debe tenerse en cuenta que se muestran las indemnizaciones, primero, por el importe nominal, euros del año del siniestro, y, a continuación, en euros actualizados a 31-12-2022 con los correspondientes IPC de la serie. No se tienen en cuenta otras variables como: (i) incremento en el nivel de aseguramiento, (ii) la incorporación de la cobertura de pérdidas pecuniarias, (iii) la mejora en los mecanismos de reducción del daño o (iv) la eliminación de la cobertura de lluvia.

Se refiere a indemnización de daños materiales, no se dispone de información relativa a la posible cobertura de daños personales.

 

Siniestralidad por comunidad autónoma:

Comunidad Autónoma Número de expedientes Indemnizaciones euros nominales Indemnizaciones euros 2022 % Coste medio euros 2022
PAÍS VASCO 24.802 248.266.591 938.653.172 99 % 37.846
CANTABRIA 761 2.192.060 8.287.797 1 % 10.891
NAVARRA 101 254.983 964.053 0 % 9.545
TOTAL 25.664  250.713.635 947.905.022 100 % 36.935

Tabla 7.

 

El evento, como se ha mencionado anteriormente, afectó principalmente al País Vasco, en concreto a Vizcaya, pero también a Cantabria y, en menor medida, a Navarra.

 

Siniestralidad por causa:

Causa Número de expedientes Indemnizaciones euros nominales Indemnizaciones euros 2022 % Coste medio euros 2022
INUNDACIÓN + EMBATE MAR  11.403 183.870.460 695.182.505 73 % 60.963
LLUVIA 14.261 66.843.175 252.722.517 27 % 17.722
TOTAL 25.664  250.713.635 947.905.022 100 % 36.935

Tabla 8.

 

A estos efectos se han mantenido las proporciones de expedientes e indemnizaciones por causa de la Tabla 1, que está referida a todo el año 1983, ya que no se tiene el detalle para este evento concreto.

 

Siniestralidad por tramos:

Tramo por expediente (euros 2022) Número de expedientes Indemnizaciones euros nominales Indemnizaciones euros 2022 % Coste medio euros 2022
De 0 a 2.300 euros 14.631 2.229.423 8.429.068 1 % 576
De 2.301 a 5.700 euros 3.564 3.568.381 13.491.434 1 % 3.785
De 5.701 a 11.400 euros 14.631 2.229.423 8.429.068 2 % 576
De 11.401 a 22.700 euros 3.564 3.568.381 13.491.434 3 % 3.785
De 22.701 a 56.800 euros 14.631 2.229.423 8.429.068 6 % 576
De 56.801 a 113.600 euros 3.564 3.568.381 13.491.434 6 % 3.785
De 113.601 a 227.200 euros 14.631 2.229.423 8.429.068 8 % 576
De 227.201 a 568.100 euros 3.564 3.568.381 13.491.434 12 % 3.785
De 568.100 a 1.136.200 euros 114 24.351.128 92.067.415 10 % 807.609
De 1.136.201 a 2.272.300 euros 71 29.255.479 110.609.923 12 % 1.557.886
De 2.272.301 a 5.680.800 euros 39 40.156.185 151.823.609 16 % 3.892.913
De 5.680.801 a 11.361.600 euros 12 26.917.162 101.769.147 11 % 8.480.762
De 11.361.600 a 22.737.200 euros 5 20.541.151 77.662.552 8 % 15.532.510
Más de 22.737.200 euros 1 10.820.523 40.910.530 4 % 40.910.530
TOTAL 25.664 250.713.635 947.905.022 100 % 36.935

Tabla 9.

Resumen

 
El evento analizado se caracteriza por:
 
  • Haber sido causado por inundación, embate de mar y daños directos de la lluvia.
  • Haber ocurrido durante los días 24 a 26 de agosto de 1983.
  • Haber afectado principalmente al País Vasco, pero también a Cantabria y Navarra.
  • Haber sido el mayor evento cubierto por el CCS en su historia.
  • Tener un elevado periodo de retorno, difícil de cuantificar.
  • Tener unos elevados costes medios.
  • Haber provocado cambios legislativos en relación a los riesgos cubiertos.
     
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